Custodia compartida, sentencias con 'cuentagotas' dos años después   01/07/2007
 El fiscal recurrirá la sentencia que le quitó la custodia a una madre por "alienación parental"   27/06/2007
 Audiencia dicta primera custodia compartida en Cataluña sin acuerdo padres   27/02/2007
 España.- La ley del divorcio cumple 25 años   22/06/2006
 Asturias.- La aplicación de la custodia compartida levanta el debate   02/05/2006
 Una ley catalana prevé dar la custodia compartida sin informe previo del fiscal   01/05/2006
 La aplicación de la custodia compartida levanta el debate   02/04/2006
Audiencia Provincial Madrid revoca sentencia guarda y custodia compartida   20/09/2006
APUNTES SOBRE LA REFERENCIA EXPRESA AL EJERCICIO COMPARTIDO DE LA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS HIJOS EN LA LEY 15/2005*. Mª Paz García y Marta Otero   15/09/2006
BOE: LEY 15/2005, DE 8 JULIO, POR LA QUE SE MODIFICAN EL CODIGO CIVIL Y LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL EN MATERIA DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO   11/07/2005
APROBACION DEFINITIVA POR EL CONGRESO   05/07/2005
POR LA QUE SE MODIFICA EL EL CÓDIGO CIVIL EN MATERIA DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO: ENMIENDAS SENADO   30/06/2005
Senado: Diario de Sesiones Pleno 22 junio 2005   27/06/2005
Senado: DICTAMEN DE LA COMISION   20/06/2005

 

 
POR UNA CUSTODIA RESPONSABLE...

Las organizaciones de mujeres hemos apostado y seguimos apostando por la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos e hijas, por que aspiramos a una sociedad más igualitaria donde también el reparto de las cargas familiares sea una realidad para hombres y mujeres. Por eso, ante los casos de separación y divorcio entendemos que la custodia hacia los menores debe desarrollarse siempre de forma responsable, y que el régimen de custodia compartida SOLO PUEDE OBTENERSE CUANDO AMBOS PROGENITORES ESTEN DE ACUERDO.

 

DECIMOS NO A LA CUSTODIA COMPARTIDA



Decimos no a la imposición judicial de la custodia compartida en contencioso o ante una petición efectuada solo por uno de los progenitores, porque...

  • Es imprescindible que exista muy buena comunicación entre ambos progenitores.

  • Es imprescindible el intercambio de puntos de vista para unificar pautas de conducta hacia el menor.

  • Es imprescindible ofrecer una estabilidad emocional al menor.

  • Es imprescindible que existencia libertad para pactar el compromiso de corresponsabilidad que adquieren ambos progenitores.

  • Cuando una ex pareja acude a la vía contenciosa en muchos casos no existe comunicación entre ambos progenitores y si existe se encuentra totalmente deteriorada y en ningún caso son capaces de unificar pautas de conducta hacia el menor.

  • Fácilmente utilizaran al menor como arma arrojadiza desestabilizándole emocionalmente.

  • Al imponerse la forma que se llevara a efecto la custodia una de las dos partes no estará conforme.

  • La relación entre los ex-cónyuges, en los que ya había un deterioro profundo en su relación de pareja, podría ocasionar grandes conflictos.



 
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